Monotributo: ARCA habilita la recategorización hasta el 5 de febrero
La primera categoría estaría pagando una cuota mensual total de $32.000. En el caso de los que están en la Categoría K se define si pasan al régimen general.
Con el aumento de haberes aplicado días atrás por ANSES, la jubilación mínima superará los $295.000 contando el extra oficializado este jueves.
Actualidad25/07/2024lahoradensatanfeEl Gobierno oficializó este jueves un nuevo bono de 70 mil pesos destinado a jubilados y pensionados, que se abonará en el mes de agosto. Con el aumento de haberes confirmado días atrás, la jubilación mínima superará los 295 mil pesos.
La medida fue confirmada a través del Decreto 667/2024, publicado esta madrugada en el Boletín Oficial. El “bono extraordinario previsional” lo recibirán: las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES); los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, y aquellos beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, cuyo pago se encuentra a cargo del organismo previsional.
En agosto de 2024, los jubilados de ANSES verán reflejado el aumento del 4,58% en sus haberes, oficializado al inicio de esta semana. Los nuevos montos de las jubilaciones, ajustados por el incremento del IPC de junio, son los siguientes:
-Jubilación mínima: $225.454,42
-Jubilación máxima: $1.517.094,80
-Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $180.363,54
-Prestación Básica Universal (PBU): $103.135,11
-Bases imponibles mínima y máxima: $75.933,01 y $2.467.787,04 respectivamente
Con la confirmación del bono de 70 mil pesos, la mínima llegará a $295.454. Ningún jubilado podrá cobrar menos de esa cifra, por lo que aquellos beneficiarios cuyo haber sea mayor al mínimo cobrarán un bono proporcional hasta alcanzar ese piso, aclaró el Gobierno en el decreto publicado este jueves.
El bono extraordinario previsional que se otorgará en agosto “tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”.
El Gobierno argumentó que la anterior ley de movilidad implicó efectos perjudiciales para todos los jubilados y pensionados, pero principalmente respecto de aquellos de menores ingresos. Por ello, calificó como “necesario acudir a su sostenimiento mediante el otorgamiento de ayudas económicas previsionales y/o bono extraordinario previsional por diferentes montos, a partir de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio y julio de 2024″.
En tanto, con la finalidad de “mantener el poder adquisitivo de las prestaciones previsionales de los adultos mayores, evitando así que continúen perdiendo su capacidad de compra, mediante el Decreto N° 274/24 se modificó la fórmula de movilidad jubilatoria, disponiéndose la actualización mensual de los haberes previsionales desde el mes de julio de 2024, de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional, publicado por el INDEC”.
“A modo de compensación por los efectos adversos ocasionados por la aplicación de la Ley N° 27.609 en los haberes previsionales de los adultos mayores de menores ingresos, para el mensual de agosto 2024 se considera oportuno el otorgamiento de este nuevo bono de 70 mil pesos, señaló el Gobierno en los considerando del texto oficial.
Por otro lado, Diputados aprobó con amplia mayoría el mes pasado una iniciativa para cambiar el mecanismo de actualización de haberes y que los jubilados recuperen lo perdido en el primer mes del año. La sesión en el Senado iba a ser durante la primera semana de julio pero se pospuso para agosto. Sucede hay tensiones con el Gobierno nacional por el gasto extra que implicaría el cambio. En detalles, representaría un gasto de 0,4% del PBI, según la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC).
Lo que se propone es una actualización mensual de haberes en base al último dato disponible del IPC (en la actualidad es con dos meses de rezago). Además, incluye una compensación extra -o “empalme”- del 8,1%, dado que el Gobierno otorgó un 12,5% de recomposición en abril que no cubre el 20,6% de inflación de enero, mes que quedó fuera de la actualización con la nueva fórmula.
Asimismo, se estableció que el haber mínimo sea el equivalente al 1.09 del valor de la Canasta Básica Total de un adulto. También, se incluyó de forma anual un adicional del 50% de la variación entre el Remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE) y el IPC para habilitar la posibilidad de mejorar las jubilaciones en contextos de crecimiento económico. De este modo, el IPC, que viene desacelerándose, no se convertirá en un un techo para los haberes.
Calendario de pagos de agosto
Jubilados que cobran un haber mínimo:
Documentos terminados en 0: 8 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 1: 9 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 2: 12 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 3: 13 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 4: 14 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 5: 15 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 6: 16 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 7: 19 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 8: 20 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 9: 21 de agosto de 2024.
Jubilados que cobran más de un haber mínimo:
Documentos terminados en 0 y 1: 22 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 2 y 3: 23 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 4 y 5: 26 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 6 y 7: 27 de agosto de 2024.
Documentos terminados en 8 y 9: 28 de agosto de 2024.
La primera categoría estaría pagando una cuota mensual total de $32.000. En el caso de los que están en la Categoría K se define si pasan al régimen general.
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