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Se abonará a partir del mes de junio, y el monto dependerá del trabajo anterior al desempleo.
Actualidad31/05/2023lahoradensatanfeTras el fin de semana XXL, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), anunció que aumentará los montos mínimos y máximos de la Prestación por Desempleo. Los beneficiarios lo percibirán a partir del mes de junio, y el monto máximo será de hasta $40.733,88.
La resolución fue publicada en el Boletín Oficial, y en el artículo 2 estipula que el monto mínimo será de $24.440,33, y que el importe dependerá del trabajo previo al desempleo.
Para acceder a este beneficio, será necesario presentar la siguiente documentación:
1. DNI (original y copia).
2. Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
-Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.
-Despido por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: nota del síndico/a certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama de la empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
-Resolución del contrato de trabajo por denuncia de la trabajadora o trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
-No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
-Fallecimiento de una empleadora o empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
-En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento -de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
-En el caso de que al ser despedido se haya producido un intercambio de telegramas con el empleador, antes de tramitar la prestación por desempleo se debe presentar todos los telegramas en una oficina de ANSES.
La prestación también se puede tramitar por internet, ingresando a la web de ANSES. Este trámite se puede realizar previamente a los 90 días de haber sido despedido/a, ya que luego de ese plazo, por cada día que transcurra se descontará de la prestación.
La cantidad de cuotas será entre 2 y 12, y se calculan, al igual que el monto, en base a los ingresos y los meses trabajados con aportes durante los últimos 3 años. Asimismo, los trabajadores y trabajadoras mayores de 45 años reciben la prestación durante 6 meses adicionales. (ANB)
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