Monotributo: ARCA habilita la recategorización hasta el 5 de febrero
La primera categoría estaría pagando una cuota mensual total de $32.000. En el caso de los que están en la Categoría K se define si pasan al régimen general.
Hasta la fecha, están vigentes dos posibilidades para regular años de aportes y poder jubilarse, al menos hasta marzo del 2025 y si no son derogadas antes.
Actualidad19/12/2023lahoradensatanfeLos requisitos para acceder a la regulación de aportes jubilatorios son:
- los que tienen la edad jubilatoria: mujeres de 60 o más y hombres de 65 o más: p ueden regularizar los aportes hasta marzo del 2008 (desde la fecha que cumplieron 18 años).
- En otros casos, no es suficiente la moratoria para alcanzar los 30 años, ya que por ejemplo una mujer que nació en 1963, cumplió los 18 años en 1981 y si no tiene aportes, puede "comprar con la moratoria años entre 1981 y 2008, es decir 27 años (no llega a los 30). En ese caso, puede compensar aportes por hijos nacidos vivos (1 año por cada hijo, 2 por hijo adoptado y 3 si cobró AUH). Así podría jubilarse, o bien si tiene algún aporte hecho luego del 2008.
Cabe recordar que el aporte mensual de la moratoria aumentó en el mes de diciembre, valiendo cada aporte $ 10.324. Es decir que si alguien necesita 1 año de aporte, por ejemplo, debe multiplicar $10.324 x 120 meses (10 años)=$1.238.880 (que puede pagar en cuotas si pasa el informe socio-económico).
La otra posibilidad es para personas que no tiene aún la edad, es decir mujeres de entre 50 y 59 años y hombres de entre 55 y 64 años. La fórmula es la misma, solo que se pueden "comprar aportes" hasta diciembre del 2012.
En este caso, la persona puede asegurarse los aportes que va a necesitar para su jubilación, pero debe pagarlos en efectivo (no hay posibilidad de cuotas).
Ambos trámites son con turno previo obtenido en la página de Anses con CUIL y Clave de la Seguridad Social. Para mayor información ingresa a: https://www.anses.gob.ar/
La primera categoría estaría pagando una cuota mensual total de $32.000. En el caso de los que están en la Categoría K se define si pasan al régimen general.
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