Monotributo: ARCA habilita la recategorización hasta el 5 de febrero
La primera categoría estaría pagando una cuota mensual total de $32.000. En el caso de los que están en la Categoría K se define si pasan al régimen general.
El organismo regulador publicó los requisitos que tienen que cumplir las compañías que participan del programa para acceder a los privilegios.
Actualidad04/09/2023lahoradensatanfeEn el marco del programa Precios Justos, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó a través del Boletín Oficial los beneficios dirigidos a las empresas que suscribieron acuerdos de precios para el mercado local con la Secretaría de Comercio dependiente del Ministerio de Economía.
Cabe recordar que, según los datos oficiales, son más de 340 empresas las que ingresaron a la renovación del programa, que se mantendrá en vigencia hasta el próximo 31 de octubre.
La medida se dispuso luego de las remarcaciones de precios en diferentes productos de consumo masivo tras la devaluación del dólar oficial y la suba de los financieros y los libres entre el lunes 14 de agosto.
Los beneficios establecidos son los siguientes:
-Suspensión del pago de cargas sobre la compra de billetes y divisas en moneda extranjera para determinadas operaciones de importación
-Reducción al CERO POR CIENTO (0%) de la alícuota del derecho de exportación para ciertas mercaderías
-Régimen especial de facilidades de pago para la cancelación de los derechos que graven la exportación para consumo de las mercaderías
-Prórroga de vencimientos para el pago de adelantos de impuestos y de obligaciones de seguridad social
*Precios Justos: el detalle de la resolución general:
-Suspensión del pago de cargas sobre la compra de billetes y divisas en moneda extranjera para determinadas operaciones de importación
-La resolución general suspende hasta el 31 de octubre de 2023, inclusive, la aplicación de las disposiciones de la Resolución General N.º 4.659, sus modificatorias y sus complementarias, y del Título II de la Resolución General N.º 5.393, como así también de la Resolución General N.º 4.815, sus modificatorias y complementarias, para las operaciones de importación correspondientes a las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) que establezca el Ministerio de Economía o quien este designe, en cada uno de los acuerdos que suscriban los sujetos alcanzados.
Reducción al CERO POR CIENTO (0%) de la alícuota del derecho de exportación para ciertas mercaderías
La resolución general establece la reducción al CERO POR CIENTO (0%) de la alícuota del derecho de exportación para las operaciones de exportación de mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) que establezca el Ministerio de Economía o quien este designe, en cada uno de los acuerdos que suscriban los sujetos alcanzados.
Régimen especial de facilidades de pago para la cancelación de los derechos que graven la exportación para consumo de las mercaderías.
La resolución general establece un régimen especial de facilidades de pago para los sectores productivos que establezca el Ministerio de Economía o quien este designe, destinado a la cancelación de los derechos que graven la exportación para consumo de las mercaderías allí dispuestas, respecto a las solicitudes de destinación definitiva de exportación para consumo registradas desde la fecha de vigencia del citado decreto y hasta el 31 de octubre de 2023, inclusive.
La primera categoría estaría pagando una cuota mensual total de $32.000. En el caso de los que están en la Categoría K se define si pasan al régimen general.
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La primera categoría estaría pagando una cuota mensual total de $32.000. En el caso de los que están en la Categoría K se define si pasan al régimen general.
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