ARTÍCULO DE OPINIÓN: PIQUETES: CÓMO REDUCIRLOS Y HASTA ELIMINARLOS

El término “piquetero” viene del hecho de que los movimientos de desocupados principalmente tienen como forma de protesta social la instalación de piquetes en lugares estratégicos, para imposibilitar total o parcialmente la circulación por calles, caminos o rutas.

General 10 de octubre de 2022 lahoradensatanfe lahoradensatanfe

El “movimiento piquetero” surge durante la década de los 90 ante la desocupación que se vivía en el país, originado en Neuquén ante despidos de trabajadores en la empresa del Estado, Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF), realizado con el objetivo específico de frenar tal decisión tomada por el gerente, el cual renuncia ante la paralización de la actividad empresarial.

A lo largo de las últimas décadas, este movimiento se ha consolidado de manera tal, que incluso ciertos actores y hasta organizaciones sociales como Juan Gabrois y el Polo Obrero (el cuál está afiliado al Partido Obrero), respectivamente, son referentes y protagonistas de los mismos, canalizadores de los actuales piquetes que se realizan contra el gobierno de turno, pero sobretodo este último.


El Partido Obrero actualmente está siendo presidido por Gabriel Solano, legislador de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde el año 2021, quién ha reconocido en diferentes medios de difusión masiva, que para financiar al partido, le saca un 2 % del total de cada plan social que le corresponde a cada beneficiario correctamente inscrito a través del Polo Obrero. También se dice (por los mismos beneficiarios o por terceros) que muchas veces, les pagan a terceros u otros beneficiarios que para que vayan a cortar las calles y/o a quiénes lleve gente con el mismo propósito. No obstante, lo más frecuente, es que la mayoría de las veces, amenazan con no entregarle los planes a sus titulares, quiénes son en su mayoría personas en estado de necesidad, si estos no acompañan el piquete. Todas estas son actividades que ya han sido denunciadas, sin embargo ¿por qué sucede esto?.

Los planes sociales no los recibe su titular de manera directa, sino que las organizaciones sociales son aquellas a quienes se les dan los planes para que ellos se encarguen de redistribuirlos a sus respectivos titulares, lo que facilita lo anteriormente descripto, y de lo cual el beneficiario no tiene la culpa.

Respecto de los cortes de calles, existe un debate entre dos derechos consagrados en la Constitución Nacional y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos que colisionan ante estas situaciones: El derecho a la protesta (artículo 14 bis C.N.) y el derecho a transitar libremente para -ejerciendo otro derecho que goza de tal jerarquía- ir a trabajar (artículo 14 C.N.).

Los piquetes este último año en general fueron realizados para exigir más asignaciones sociales. Estas son otorgadas por el gobierno, el cual tiene dos maneras principales de financiarlas: Una es a través de la emisión de moneda de curso legal y forzoso, lo cual no depende del gobierno sino del Banco Central, y la otra es a través de los impuestos que recauda el Estado mediante los contribuyentes que pagan los mismos con el fruto de su
trabajo, de lo cual el Estado tiene mayor disponibilidad. 

Aquí es dónde hay un problema: Si una persona deja de ir a trabajar por un piquete (y este es un trabajo que requiere de presencialidad, sea el caso de un obrero), esa persona no podría aportar al sistema impositivo, por lo tanto, no habría financiación para los planes sociales, y a su vez, si una persona pasa mucho tiempo sin ir a trabajar a causa de los piquetes, eventualmente será echado de su empresa por “improductividad”, y bajo tales
condiciones, podría empezar a formar parte de piquetes y el círculo virtuoso anteriormente relatado empezará a repetirse con otros trabajadores más. A esto hay que añadirle, que mucha de la gente que está allí está siendo extorsionada con tener que marchar para poder cobrar lo que por derecho le corresponde. 

El otro inconveniente que surge es, que constitucionalmente hablando, ningún derecho es absoluto. Todos los derechos establecidos en la Constitución Nacional, deben ser regulados y reglamentados para una sana convivencia social, ergo, no se avasallen los derechos de otras personas, que es lo que conoce como "el poder de policía” del Estado (que no debe confundirse con la policía como órgano administrativo), el cual puede ser ejercido a nivel nacional, provincial y/o municipal. Todos tenemos derecho a transitar libremente el territorio nacional, pero si yo lo hiciera a través de un vehículo automotor y condujera con temeridad manifiesta, aún sin causar un daño concreto, se me aplicará la sanción pertinente.

Una solución a estos dilemas, por un lado, es el dictado de una ley que establezca armoniosamente bases (como por ejemplo, la designación de un espacio público destinado a tal fin) para un correcto ejercicio del derecho a huelga mediante el órgano legislativo pertinente; como así también, el uso de penas contributivas o privativas de la libertad a aquellas personas que ejerzan violencia sobre otra en plena manifestación en la vía pública, que a su vez, conlleve a la revocación del plan social del cual sea beneficiario.

Por otro lado, el titular de un plan social, debe poder, a través de un ente gubernamental destinado a tal propósito, ser el mismo que cobre el beneficio de forma directa y sin la actuación de intermediarios, a menos que éste así lo desee, para eliminar las prácticas ejecutadas por organizaciones sociales como el Polo Obrero. A su vez, los planes deben ser auditados de manera tal que permita así determinar quién está realizando un abuso
del derecho al cobrar un subsidio que no le corresponde, ya sea por su buena situación socioeconómica, o por el fin al que se lo destina.

Con estas maniobras llevadas a cabo de manera eficiente por el Estado, los piquetes se reducirían drásticamente, o al menos la cantidad de asistentes a los mismos disminuiría en gran proporción, mientras la situación del país mejora, para que estos espontánea pero naturalmente dejen de ser un fenómeno común en la sociedad argentina.

Por:
Leonardo Barreto, estudiante de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba

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